El Ministerio Público Fiscal (MPF) del Chubut obtuvo un pronunciamiento favorable clave de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que revierte una decisión del Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial y obliga a llevar a juicio a los imputados en una compleja causa por estafas reiteradas y asociación ilícita.
La investigación se inició en 2017 en la Fiscalía General de Trelew, a raíz de una serie de maniobras fraudulentas en la compraventa de vehículos usados llevadas a cabo por una organización integrada por cuatro miembros de una misma familia. En 2018, se formularon las acusaciones por delitos graves como estafa, coacción, amenazas, tenencia ilegal de armas y adulteración de documentos, todos en concurso con el delito de asociación ilícita.
El sobreseimiento y la batalla procesal
El proceso se estancó en febrero de 2022, cuando el Tribunal de Juicio de Trelew dictó el sobreseimiento de todos los imputados, argumentando que había vencido el plazo máximo de duración del proceso penal.
Frente a esta resolución, que extinguía la acción penal, la Procuración General de Chubut interpuso una impugnación extraordinaria, sosteniendo que el Tribunal había omitido considerar la complejidad de la causa. Conforme al artículo 358 inciso 5° del Código Procesal Penal de Chubut, esta complejidad implicaba que los plazos ordinarios debían duplicarse.
Tras el rechazo de sus planteos (incluida la impugnación extraordinaria y un posterior recurso de revocatoria) por parte de la Sala Penal del STJ, la Procuración General advirtió que la interpretación restrictiva de las normas procesales dejaba al MPF sin la posibilidad de revisar una sentencia que había extinguido la acción penal, afectando gravemente el debido proceso legal.
Intervención de la Corte y precedente clave
Finalmente, el Procurador General de la provincia recurrió en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El máximo tribunal federal hizo lugar al planteo, citando su precedente ya establecido en la causa «Seccional Cuarta», donde se declaró la inconstitucionalidad del plazo de tres años para la duración de los procesos penales en la provincia del Chubut.
Este fallo anula la decisión del Tribunal de Juicio de Trelew y el expediente regresa a la Oficina Judicial, donde se deberá retomar el trámite procesal para la realización del juicio oral y público contra los acusados.
