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Confirmaron el arresto domiciliario de los condenados por los incidentes antimineros en Rawson

policia rawson

Las juezas Ivana González y María Tolomei resolvieron por unanimidad confirmar el arresto domiciliario de Damián Díaz y Mauricio Nahum Vargas, condenados por los incidentes ocurridos durante las protestas antimineras de diciembre de 2021 en la ciudad de Rawson. La decisión se adoptó tras una audiencia de revisión realizada en la Oficina Judicial de Rawson, donde se escucharon los planteos de la Fiscalía y de las defensas.

De este modo, las magistradas ratificaron la resolución dictada previamente por la jueza de garantías Karina Breckle, que dispuso que ambos condenados continúen detenidos bajo la modalidad de prisión domiciliaria, con tobillera electrónica y controles policiales sorpresivos diarios, hasta tanto las condenas queden firmes.

La confirmación de la medida se dio pese a la oposición de la fiscal general Florencia Gómez, titular de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Ambientales y de Animales (UFEDAYA), quien solicitó que los condenados cumplieran sus penas en establecimientos penitenciarios. Gómez argumentó que las condenas ya fueron ratificadas en dos instancias y que cinco magistrados coincidieron en atribuir responsabilidad penal a los imputados, lo que, a su entender, incrementa el riesgo de fuga.

Damián Díaz fue condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de daño agravado, mientras que Mauricio Nahum Vargas recibió una pena de cuatro años de prisión efectiva por los delitos de incendio y hurto. La fiscal general también remarcó la gravedad de los hechos, al señalar que los condenados aprovecharon el contexto de conmoción social existente durante las protestas para cometer los delitos, y sostuvo que en situaciones similares jueces de distintas jurisdicciones ordenaron prisión preventiva por peligro de fuga en centros de detención.

La resolución original había sido dictada luego de una audiencia solicitada por los defensores Oscar Romero y Abdo Manyauik, en la que estuvieron presentes familiares de los condenados. En ese marco, los allegados asumieron el compromiso de brindar contención y garantizar el cumplimiento de las condiciones impuestas, con el objetivo de evitar riesgos de fuga.

Durante el debate, la jueza Karina Breckle destacó que la responsabilidad penal de ambos imputados fue confirmada tanto en el juicio oral y público como posteriormente por la Cámara de Apelaciones de Trelew. No obstante, aclaró que la sentencia aún no se encuentra firme, ya que restan instancias judiciales superiores por resolver.

Tras escuchar a las partes, las juezas Ivana González y María Tolomei deliberaron durante quince minutos y resolvieron confirmar la decisión, al considerar que la resolución se encuentra debidamente fundada, ajustada a derecho y que debe ser ratificada en todos sus términos. La decisión fue sustentada en criterios establecidos por el Superior Tribunal de Justicia, al entender que no se trata aún de una etapa de ejecución de la pena.

En ese sentido, la jueza María Tolomei subrayó que la privación de la libertad en establecimientos carcelarios debe ser considerada como una medida de última instancia, criterio que resultó determinante para mantener el arresto domiciliario de los condenados.

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