Trelew

El jardinero de la víctima seguirá en la cárcel por el homicidio triplemente agravado de Adriano Millacheo

A la audiencia de revisión acudieron en representación de la fiscalía el fiscal general Gustavo Núñez y la funcionaria de fiscalía Ruth Ortega que sostuvieron la existencia de los riesgos procesales para pedir la continuidad de la medida de coerción para Luis Gustavo De Godos, imputado por un hecho de graves características que está calificado como homicidio triplemente agravado.

Los representantes fiscales ratificaron que los elementos colectados permiten ir determinando que el hecho tuvo lugar el 20 de noviembre de 2025 alrededor de las 5 cuando el imputado se presentó en el domicilio de Adriano Millacheo situado en avenida de los trabajadores de esta ciudad. Allí saltó un portón reja del patio delantero y aprovechó la relación de confianza con la víctima ya que era su jardinero, y logró que le flanqueara el acceso a la vivienda, y tras esto lo golpeó y lo redujo para luego someterlo atándolo de pies y manos. Después comenzó a golpearlo salvajemente mediante golpes de puño y con la culata de un arma de fuego, presumiblemente propiedad de la víctima le pegó en el rostro, le realizó cortes con arma blanca en la zona del cráneo y lo quemó con líquido caliente, mas allá de proseguir con los golpes en todo el cuerpo, a la vez que efectuó una revisión minuciosa de los ambientes de la casa en búsqueda de elementos de valor.

Estos tormentos se prolongaron durante al menos cinco horas hasta que el agresor terminó con la vida de Millacheo y luego se retiró de la casa con elementos de la víctima, entre ellos un manojo de llaves perteneciente a las propiedades de este. Después que se hallara el cadáver se hizo presente en la propiedad del afectado en el barrio la isla de la ciudad de Rawson para apoderarse de más cosas lo que evidencia un nivel de audacia nunca antes visto.

Además hicieron saber que entre los elementos probatorios del caso se cuenta con el informe forense que determina la causa de muerte causada por los traumatismos en la zona craneal, las cámaras de seguridad que registran el ingreso y egreso del imputado en la escena del hecho como así también todo el camino recorrido hasta retornar a su domicilio, con una detallada labor efectuada por la brigada de investigaciones, lo que permitió la detención. También están los testimonios que vinculan al agresor con la víctima que verifican el conocimiento de los movimientos, la triangulación de antenas, los allanamientos con resultados positivos y los dichos de quienes recibieron de parte de De Godos los elementos que pertenecían a Millacheo.

La Jueza Carolina Marín entendió por acreditada la materialidad del hecho y la probabilidad de autoría, valorando los elementos presentados por la fiscalía y coincidió en la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento por las graves características del hecho y la pena en expectativa que sería de prisión perpetua con una calificación de homicidio triplemente agravado por ser cometido con alevosía, ensañamiento y crimen causa, por lo que determinó la continuidad de la prisión preventiva hasta la audiencia preliminar, en un caso donde se solicitará la elevación a juicio por jurados, de acuerdo a lo informado por el Ministerio Público Fiscal.

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