Desde las 8 de la mañana de este viernes comenzó oficialmente la veda electoral en todo el país, en la antesala de las elecciones legislativas 2025 que se realizarán este domingo. La medida, prevista por el Código Electoral Nacional, busca garantizar un clima de reflexión, sin presiones políticas ni mediáticas, antes de que los argentinos acudan a las urnas.
En esta jornada se renovarán bancas en el Congreso de la Nación, un proceso que podría modificar el equilibrio de fuerzas del Gobierno en la segunda mitad de su gestión iniciada en 2023. Además, será la primera elección nacional con Boleta Única de Papel (BUP), una innovación que promete mayor transparencia y menor gasto público.
Estreno de la Boleta Única de Papel: cómo funciona
La Boleta Única de Papel reemplaza al histórico sistema de boletas partidarias y busca simplificar el acto de votar. Cada elector recibirá una hoja con todos los candidatos y deberá marcar su preferencia con una lapicera dentro del cuarto oscuro.
Este formato ya fue utilizado en provincias como Santa Fe, Córdoba y Mendoza, y ahora se aplica a nivel nacional. Según la Cámara Nacional Electoral (CNE), la BUP mejora la equidad entre partidos, reduce el uso de papel y evita prácticas como el robo o la manipulación de boletas.
Qué está prohibido durante la veda electoral
Desde este viernes hasta el cierre de los comicios rigen restricciones que alcanzan a partidos, candidatos, medios y ciudadanía en general. Entre las principales prohibiciones se destacan:
No se pueden realizar actos proselitistas ni difundir propaganda política.
Está prohibida la difusión de encuestas, sondeos o proyecciones electorales.
No se permite el reparto de material partidario ni la exhibición de símbolos políticos cerca de los centros de votación.
A partir del sábado a las 20 horas queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas hasta tres horas después del cierre de las urnas.
No pueden realizarse espectáculos públicos, eventos masivos ni actividades deportivas durante el horario de votación.
El cumplimiento de estas normas está bajo control de la Justicia Electoral y de las fuerzas de seguridad federales y provinciales.
Qué sanciones prevé el Código Electoral
El artículo 133 del Código Electoral Nacional establece multas de entre 10 y 60 haberes mínimos para quienes realicen actos o difundan propaganda en plena veda.
Los comercios que incumplan la prohibición de venta de alcohol pueden recibir multas o arrestos de hasta seis meses, mientras que quienes intenten inducir el voto o la abstención podrían enfrentar penas de prisión de 15 días a 2 años.
La sanción más grave corresponde a quienes violen el secreto del sufragio, con una pena que puede llegar hasta tres años de cárcel.
Control, denuncias y veda informativa
Durante el fin de semana electoral, la CNE y las juntas electorales provinciales fiscalizan el cumplimiento de la veda en todo el territorio. Los ciudadanos pueden realizar denuncias ante la Fiscalía Electoral o los juzgados federales con competencia electoral en cada distrito.
Además, rige la veda informativa: los medios no pueden publicar ni difundir resultados de encuestas hasta tres horas después del cierre de los comicios. En el caso de las redes sociales, la CNE recomienda evitar publicaciones partidarias, aunque el control digital sigue siendo un desafío.
