La Justicia resolvió otorgar una prórroga de tres meses en el plazo de investigación de una causa por lesiones en la que el imputado es el hermano conviviente de la víctima, un menor de edad. La decisión fue tomada por los jueces Marcos Nápoli y María Tolomei, quienes revisaron lo dispuesto previamente por la jueza Mirta Moreno.
La causa se inició el 11 de julio de 2025, a partir de una situación en la que el menor resultó afectado por su hermano. Durante la investigación, profesionales del servicio de asistencia a la víctima del delito dieron intervención a un psicólogo forense, quien de manera excepcional determinó que el menor no era apto para declarar debido a serias deficiencias en el habla. En ese marco, sugirió la realización de interconsultas con un fonoaudiólogo en un determinado lapso de tiempo.
La fiscalía había solicitado la realización de una cámara Gesell el 1 de diciembre de 2025, es decir, cuarenta días antes del cierre del plazo de investigación. Sin embargo, la defensa se opuso a la prórroga argumentando que la solicitud se efectuó en la última etapa del proceso. En audiencia realizada el 28 de enero, la jueza Mirta Moreno rechazó la extensión del plazo, señalando deficiencias en la investigación y en el uso de los tiempos por parte del Ministerio Público Fiscal.
Ante esta resolución, el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general jefe Omar Rodríguez y la procuradora de fiscalía Silvana Lagarrigue, presentó una impugnación en el marco del artículo 72 del Código Procesal Penal. La revisión quedó en manos de los jueces Marcos Nápoli y María Tolomei.
Tras escuchar los argumentos de las partes, ambos magistrados manifestaron no coincidir con la calificación de investigación deficiente. Señalaron que la fiscalía actuó dentro de los plazos que le permite la ley y que el artículo 282 fija un plazo de seis meses, aunque contempla la posibilidad de prórroga cuando existan razones justificadas.
Los jueces destacaron que los conflictos en el seno familiar son dinámicos y que su abordaje muchas veces depende de la intervención judicial. En este caso, remarcaron el interés superior del niño y señalaron que se trata de una situación de violencia familiar con una vinculación cercana entre víctima y victimario. Además, mencionaron la intervención del Juzgado de Familia, que había impuesto una convivencia entre ambos, circunstancia informada por el asesor de familia Pablo Rey.
También consideraron que no hubo una grosera pérdida de tiempo en la investigación, sino que surgió una situación novedosa cuando el profesional indicó la dificultad del menor para declarar. En ese contexto, entendieron que existía una explicación razonable para conceder la prórroga solicitada.
Por unanimidad, los jueces revocaron la decisión de la jueza Moreno y autorizaron la extensión del plazo de investigación por tres meses, tal como lo había solicitado la fiscalía.
