El Superior Tribunal de Justicia de Chubut rechazó el último recurso de la defensa y confirmó la pena de ejecución efectiva para Federico Segundo Cifuentes, investigado en el marco de la operación internacional «Luz de Infancia IX».
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut rechazó la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa de Federico Segundo Cifuentes y confirmó de manera definitiva la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento. Cifuentes fue hallado culpable del delito de facilitación de representaciones de menores de 18 años en actividades sexuales explícitas, agravado por tratarse de víctimas menores de 13 años, bajo la modalidad de delito continuado.
La investigación y el modus operandi
El caso se enmarca en la operación internacional «Luz de Infancia IX», impulsada a nivel provincial por la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital (UFECyED) del Ministerio Público Fiscal de Chubut.
De acuerdo con la investigación, se determinó que Cifuentes descargó y facilitó, mediante la red de intercambio P2P eMule desde su domicilio en Rawson, un total de 143 archivos con material de abuso sexual infantil entre julio de 2015 y abril de 2022. Asimismo, durante el allanamiento realizado en junio de 2022, las fuerzas de seguridad secuestraron su computadora personal, en la que se hallaron almacenadas 272 imágenes y seis videos con el mismo contenido penalizado.
El recorrido judicial
La hipótesis del caso fue sostenida por el fiscal jefe de la UFECyED, Fernando Rivarola, junto a su equipo de profesionales. En primera instancia, en mayo de 2024, la jueza Carolina Marín dictó la culpabilidad del imputado. Posteriormente, la Cámara en lo Penal de Trelew confirmó la autoría y materialidad del hecho, aunque ordenó un reenvío para redeterminar el monto de la pena.
En octubre de 2024, la jueza María Laura Martini fijó la condena en cuatro años de prisión, decisión que fue ratificada por la Cámara en marzo de 2025. Ante este revés, el abogado defensor Romano Cominetti recurrió mediante una impugnación extraordinaria ante la máxima instancia judicial de la provincia.
El fallo definitivo del STJ
El Superior Tribunal de Justicia —presidido por el ministro Andrés Giacomone e integrado por los ministros Javier Raidan, Camila Banfi Saavedra, Ricardo Napolitani, Mario Vivas y Silvia Bustos— resolvió desestimar los dos agravios planteados por la defensa.
Los argumentos del tribunal:
Sobre la materialidad del delito: El STJ concluyó que los archivos permanecían automáticamente disponibles para otros usuarios de la red durante las descargas, conforme al funcionamiento estándar del programa de intercambio utilizado, y que la computadora se encontraba bajo el control exclusivo del imputado.
Sobre el desglose de la pena: Los magistrados consideraron que la metodología empleada para componer la escala penal —evaluando las leyes aplicables al extenso período en que se cometió el delito continuado— fue razonable y no implicó una agravación indebida de la situación del condenado.
Con el rechazo de este último recurso, la sentencia contra Federico Segundo Cifuentes quedó firmemente establecida, por lo que deberá comenzar a cumplir su condena de cuatro años tras las rejas de forma inmediata.
