La Justicia rechazó los planteos presentados por la defensa de Nicolás Suganuma, el médico condenado por la muerte de Ronald Guerra en un siniestro vial ocurrido en Rawson. La jueza de garantías Karina Breckle desestimó las solicitudes y convalidó la postura del Ministerio Público Fiscal y de la querella que representa a la familia de la víctima.
Uno de los pedidos fue impulsado por el defensor Fabián Gabalachis, quien solicitó que se habilite nuevamente a Suganuma para conducir. La magistrada rechazó el planteo y ratificó lo acordado en el juicio abreviado, donde se estableció una inhabilitación de diez años para manejar vehículos. La funcionaria de Fiscalía Analía Acuña sostuvo durante la audiencia la necesidad de mantener ese plazo, en línea con lo pactado oportunamente entre las partes.
En la misma resolución, la jueza también se expidió sobre el resarcimiento económico y dispuso la actualización del monto acordado. Según indicó la querellante Gladys Olavarría, la cifra supera los 17.000 dólares. En este punto, la defensa del condenado estuvo representada por el abogado Gustavo Uad.
El caso tiene como antecedente la condena dictada en marzo de 2022, cuando, tras un acuerdo entre la Fiscalía, la querella y la madre de la víctima, se resolvió avanzar mediante un juicio abreviado. En ese marco, Suganuma fue condenado a cuatro años de prisión y a diez años de inhabilitación para conducir. La pena privativa de libertad fue reducida posteriormente en función de cursos de capacitación vinculados a su rehabilitación. Además, se estableció una reparación económica y la entrega de dos vehículos: el Renault Sandero que conducía al momento del hecho y un automóvil Fiat.
El hecho ocurrió durante la madrugada del 18 de enero, en el ingreso al Puerto de Rawson. Ronald Guerra se dirigía a su trabajo en una planta procesadora de pescado cuando fue atropellado desde atrás por el vehículo conducido por Suganuma. La colisión fue fatal y el ciclista murió en el acto como consecuencia de un traumatismo de cráneo.
Las pericias determinaron que el conductor manejaba bajo los efectos del alcohol, con un nivel de 1,60 gramos por litro de sangre. El siniestro ocurrió cerca de la 1:30 en una zona sin iluminación. Para la investigación, que en su momento estuvo a cargo del fiscal general Fernando Rivarola, el caso fue calificado como homicidio culposo mediante conducción antirreglamentaria de vehículo con motor, triplemente agravado por intoxicación alcohólica, exceso de velocidad e intento de fuga.
Con esta nueva resolución, la Justicia ratifica las condiciones de la condena y mantiene las medidas establecidas, en una causa que sigue siendo un caso emblemático en materia de seguridad vial y responsabilidad al volante.
