Argentina

La Corte Suprema revocó un fallo de Chubut y revalida una condena por corromper menores en Madryn

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) intervino en un caso sensible de la provincia de Chubut, revocando una decisión del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que había sobreseído a un condenado por corrupción de menores. De esta manera, el máximo tribunal revalida la sentencia original y reafirma la importancia de la ley penal por sobre los plazos procesales.

La resolución, dictada el 28 de octubre de 2025, responde a un recurso presentado por la Procuración General del Chubut, que llevó el caso hasta la Corte luego de que el STJ provincial dictara el sobreseimiento del imputado en 2023.

 

La controversia de los plazos

 

El hombre había sido condenado en octubre de 2021 a seis años y seis meses de prisión por el delito de corrupción de menores. Sin embargo, su defensa argumentó que el procedimiento judicial había excedido el plazo de tres años previsto en el Código Procesal Penal de Chubut (art. 146 y 147 CPPCh).

Aunque la Cámara Penal de Puerto Madryn había rechazado ese pedido, el Superior Tribunal de Justicia de Chubut aceptó el planteo y ordenó el sobreseimiento, interpretando la norma procesal de forma favorable al condenado y apartándose de la doctrina federal.

 

La corte reafirma el precedente “Price”

 

Frente a esa decisión, el Ministerio Público Fiscal de Chubut recurrió a la Corte Suprema. El máximo tribunal hizo lugar al recurso de queja y revocó la sentencia provincial, reafirmando su propio criterio, conocido como el precedente “Price” de 2021. Este precedente sostiene que los plazos de extinción procesal de las causas penales deben ser los establecidos en el Código Penal nacional, y no en códigos procesales provinciales.

 

El caso: obligó a niños a ver pornografía

 

El caso se remonta a noviembre de 2018 en Puerto Madryn. El imputado, en su rol de padrino de un casamiento, se quedó al cuidado exclusivo de un grupo de niños de entre 2 y 9 años. El hombre aprovechó esta situación para obligar a los menores a mirar material pornográfico en el televisor de la casa.

Esta grave conducta provocó una profunda alteración emocional en los niños, quienes comenzaron a imitar las acciones vistas, refiriéndose a ellas como «juegos amorosos». El hecho fue descubierto días después, durante el casamiento civil, cuando los niños mayores develaron lo ocurrido. Los posteriores protocolos de abuso sexual infantil confirmaron que dos de los menores presentaban signos físicos de abuso.

Con esta reciente resolución de la Corte Suprema, se da un fuerte respaldo a la condena penal original.

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